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November 25, 2025

Una victoria para la defensa y la seguridad vial en México: el Tribunal Supremo ratifica la ley de seguridad vial de Puebla

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El 6 de octubre de 2025, la Suprema Corte de México confirmó la constitucionalidad de la Ley de Movilidad y Seguridad Vial del Estado de Puebla. La seguridad vial ha sido durante mucho tiempo un problema urgente de salud pública en México, donde más de 16.000 personas mueren cada año en la vía, afectando principalmente a peatones, ciclistas y motociclistas. En el estado de Puebla, dos personas pierden la vida cada día en siniestros de tránsito.

Puntos clave del desafío constitucional y la defensa

México es el primer país en reconocer un derecho constitucional a la movilidad en condiciones de seguridad vial. En virtud de este mandato constitucional, el Congreso nacional promulgó la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial (LGMSV) en 2022. Puebla, tras un proceso de participación pública, promulgó en 2023 su Ley de Movilidad y Seguridad Vial en concordancia con la LGMSV.

En enero de 2024, la Comisión de Derechos Humanos de Puebla presentó un recurso constitucional contra la Ley. El recurso alegaba que las disposiciones que exigen a los conductores obtener un seguro obligatorio de responsabilidad civil para cubrir daños derivados de siniestros de tránsito y sanciones como la suspensión o cancelación de la licencia por conducir bajo los efectos del alcohol o no contar con seguro de responsabilidad civil, eran inconstitucionales porque vulneraban el derecho al libre tránsito y la certeza jurídica.

La sociedad civil respalda la ley de seguridad vial de Puebla mediante un escrito amicus curiae

Coordinado por Proyecto Céntrico, S.C., varias personas y organizaciones locales de la sociedad civil, incluidas aquellas que representan a víctimas de siniestros viales, como Víctimas de Violencia Vial, A.C. y Manu Vive A.C., presentaron conjuntamente un escrito amicus curiae o amigo del tribunal en apoyo de la Ley. Global Health Advocacy Incubator (GHAI) contribuyó a este informe proporcionando apoyo legal y argumentos basados en el derecho nacional e internacional. El amicus enfatizó el alcance de los derechos a la movilidad, la salud y derechos de las víctimas, subrayando que el derecho a la movilidad incluye condiciones de seguridad vial, accesibilidad, eficiencia, sostenibilidad, calidad, inclusión e igualdad y que la movilidad segura es un derecho humano que no debe estar condicionado al uso de un automóvil privado. Además, señaló que las sanciones establecidas por la ley funcionan como mecanismos esenciales para lograr la seguridad vial.

El amicus argumentó que el derecho al libre tránsito no estaba indebidamente restringido por las disposiciones impugnadas, ya que las personas seguían siendo libres de moverse dentro del estado y por todo el país. El requisito de tener un seguro de responsabilidad civil y las sanciones por conducción insegura se aplican sólo a un modo de transporte específico, vehículos motorizados, y es uno de los métodos menos restrictivos para asegurar que el mayor número de personas pueda ejercer el derecho a la movilidad segura. 

Además del amicus, Céntrico mantuvo reuniones con el personal técnico de las personas ministras de la Suprema Corte, tras la formación del nuevo Tribunal Supremo, para presentar estos argumentos antes de debatir el borrador de la sentencia.

La decisión del Tribunal Supremo

La histórica decisión del Tribunal coincidió en gran medida con los argumentos del escrito amicus, reafirmando que son los individuos, y no los vehículos, quienes ostentan el derecho a la movilidad.

El Tribunal estuvo de acuerdo en que mantener un seguro de responsabilidad civil podía ser obligatorio y que los derechos en juego justificaban la imposición de sanciones significativas. Sostuvo que la suspensión de la licencia para conducir, por conducir bajo los efectos del alcohol es una medida eficaz que protege los derechos y la seguridad pública de las personas y refleja la gravedad de su conducta. El Tribunal se desprendió de los argumentos del amicus curiae únicamente sobre la sanción de la cancelación del permiso de conducir por hasta diez años por no tener seguro de responsabilidad civil, que consideró desproporcionado, y que las penas menores previstas eran suficientes.

Relevancia de la decisión del Tribunal Supremo de México

Este caso establece un precedente nacional que fortalece la implementación de la LGMSV y anima a más estados a aprobar leyes estatales sólidas en armonización. La Coalición Movilidad Segura de México seguirá defendiendo políticas que prioricen la vida, la justicia y la protección de las víctimas siniestros viales, e incidirá en el Congreso y la opinión pública para asegurar que esta sentencia tenga un impacto duradero. 

Nota: Esta entrada de blog fue redactada basándose en los borradores de sentencia disponibles en la página web del Tribunal Supremo de México y solo con fines informativos. En la fecha de publicación de esta entrada en la web de GHAI, la sentencia final no se había subido a la web y probablemente se emitirá a mediados de noviembre.